Artículo 158 · Constitución Española
TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado · CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas
1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.
2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.
Test del artículo 158
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Oposiciones y temas con este artículo
- Guardia Civil, Escala de Cabos y Guardias: Tema 4
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 2, Tema 3
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: I · Tema 9
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado: I · Tema 9
- Mossos d'Esquadra · mosso/a de l'escala bàsica (norma incluida en su preparación; artículo sin tema asignado)
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: I · Tema 10
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 7, Tema 50
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 20/05/2026.