TestLey

Artículo 164 · Ley de Enjuiciamiento Criminal

TÍTULO VI. De la forma de dictar resoluciones y del modo de dirimir las discordias · Capítulo II. Del modo de dirimir las discordias

Si en la siguiente votación insistieren los discordantes en sus respectivos pareceres, se someterán a nueva deliberación tan sólo los dos votos más favorables al procesado, y entre éstos optarán precisamente todos los votantes, de modo que resulte aprobado cualquiera de ambos. En este caso, pondrán en lugar oportuno de la sentencia las siguientes palabras: «Visto el resultado de la votación, la ley decide:...». La determinación de cuáles sean los dos pareceres más favorables al procesado se hará a pluralidad de votos. Lo dispuesto en este artículo y en el anterior no es aplicable al caso a que se refiere el párrafo segundo del artículo 153.

Hacer el test de Ley de Enjuiciamiento Criminal

Oposiciones y temas con este artículo

La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.

Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 09/04/2026.