Artículo 9 · Ley 14/1986
TÍTULO I. Del sistema de salud · CAPÍTULO I. De los principios generales
Los poderes públicos deberán informar a los usuarios de los servicios del sistema sanitario público, o vinculados a él, de sus derechos y deberes.
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 23/03/2023.