Artículo 9 · Ley 19/2013. Control
TÍTULO I. Transparencia de la actividad pública · CAPÍTULO II. Publicidad activa
1. El cumplimiento por la Administración General del Estado de las obligaciones contenidas en este capítulo será objeto de control por parte del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
2. En ejercicio de la competencia prevista en el apartado anterior, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, de acuerdo con el procedimiento que se prevea reglamentariamente, podrá dictar resoluciones en las que se establezcan las medidas que sea necesario adoptar para el cese del incumplimiento y el inicio de las actuaciones disciplinarias que procedan.
3. El incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa reguladas en este capítulo tendrá la consideración de infracción grave a los efectos de aplicación a sus responsables del régimen disciplinario previsto en la correspondiente normativa reguladora.
Test del artículo 9
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Oposiciones y temas con este artículo
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: I · Tema 6, I · Tema 7
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado: I · Tema 6, I · Tema 7
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: III · Tema 7
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 09/07/2022.