Artículo 159 · Ley 33/2003. Delegados del Gobierno y Subdelegados del Gobierno
TÍTULO VI. Coordinación y optimización de la utilización de los edificios administrativos · CAPÍTULO II. Órganos de coordinación
1. La coordinación de la utilización de los edificios de uso administrativo por la organización territorial de la Administración General del Estado y de los organismos públicos de ella dependientes en el ámbito de las comunidades autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla corresponde a los Delegados del Gobierno, de acuerdo con las directrices establecidas por el Ministro de Hacienda y el Director General del Patrimonio del Estado.
2. Bajo la dependencia del Delegado del Gobierno, los Subdelegados del Gobierno coordinarán la utilización de los edificios administrativos en el ámbito territorial de su competencia.
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 09/05/2023.