Artículo 87 · Ley 33/2003. Bienes destinados a la prestación de servicios públicos reglados
TÍTULO IV. Uso y explotación de los bienes y derechos · CAPÍTULO I. Utilización de los bienes y derechos de dominio público
La utilización de los bienes y derechos destinados a la prestación de un servicio público se supeditará a lo dispuesto en las normas reguladoras del mismo y, subsidiariamente, se regirá por esta ley.
Oposiciones y temas con este artículo
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 09/05/2023.