Artículo 55 · Ley 38/2003. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal
TÍTULO IV. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones · CAPÍTULO I. De las infracciones administrativas
1. En los supuestos en que la conducta pudiera ser constitutiva de delito, la Administración pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente y se abstendrá de seguir el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte sentencia firme, tenga lugar el sobreseimiento o el archivo de las actuaciones o se produzca la devolución del expediente por el Ministerio Fiscal.
2. La pena impuesta por la autoridad judicial excluirá la imposición de sanción administrativa.
3. De no haberse estimado la existencia de delito, la Administración iniciará o continuará el expediente sancionador con base en los hechos que los tribunales hayan considerado probados.
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Oposiciones y temas con este artículo
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (norma incluida en su preparación; artículo sin tema asignado)
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: IV · Tema 7, VI · Tema 5
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 03/10/2026.