Artículo 67 · Ley 38/2003. Procedimiento sancionador
TÍTULO IV. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones · CAPÍTULO II. De las sanciones
1. La imposición de las sanciones en materia de subvenciones se efectuará mediante expediente administrativo en el que, en todo caso, se dará audiencia al interesado antes de dictarse el acuerdo correspondiente y que será tramitado conforme a lo dispuesto en el capítulo II del título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El procedimiento se iniciará de oficio, como consecuencia, de la actuación de comprobación desarrollada por el órgano concedente o por la entidad colaboradora, así como de las actuaciones de control financiero previstas en esta ley.
3. Los acuerdos de imposición de sanciones pondrán fin a la vía administrativa.
Oposiciones y temas con este artículo
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (norma incluida en su preparación; artículo sin tema asignado)
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: IV · Tema 7, VI · Tema 5
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 03/10/2026.