Artículo 64bis · Ley 42/2007. Especies exóticas invasoras de preocupación para la Unión
TÍTULO III. Conservación de la biodiversidad · CAPÍTULO III. Prevención y control de las especies exóticas invasoras
1. La gestión de las especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión se hará conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras.
2. El incumplimiento de las obligaciones previstas en el citado reglamento conllevará la imposición de las respectivas sanciones previstas en el título VI de esta ley.
Oposiciones y temas con este artículo
- Guardia Civil, Escala de Cabos y Guardias: Tema 16
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: III · Tema 3
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 31/12/2020.