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Artículo 67 · Ley 42/2007. Inventario Español de Caza y Pesca

TÍTULO IV. Uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad · CAPÍTULO I. Red española de reservas de la biosfera y programa persona y biosfera (Programa MaB)

El Inventario Español de Caza y Pesca, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, mantendrá la información más completa de las poblaciones, capturas y evolución genética de las especies cuya caza o pesca estén autorizadas, con especial atención a las especies migradoras. Se incluirán en el Inventario los datos que faciliten los órganos competentes de las Comunidades autónomas. Con este objeto, los titulares de los derechos cinegéticos y piscícolas y, en general, los cazadores y pescadores, vendrán obligados a suministrar la correspondiente información a las Comunidades autónomas.

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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 31/12/2020.