Artículo 71 · Ley 47/2003. Balance de resultados e informe de gestión
TÍTULO II. De los Presupuestos Generales del Estado · CAPÍTULO VI. De la Gestión presupuestaria
Los titulares de los centros gestores del gasto responsables de los distintos programas presupuestarios formularán un balance de resultados y un informe de gestión relativos al cumplimiento de los objetivos fijados para ese ejercicio en el programa plurianual correspondiente a dicho centro gestor del gasto, que se incorporarán a la memoria de las correspondientes cuentas anuales, en los términos establecidos en el artículo 128 de esta ley.
Oposiciones y temas con este artículo
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: V · Tema 5
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado: Tema 15
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: VI · Tema 2, VI · Tema 5, VI · Tema 6
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 26/06/2026.