Artículo 82 · Ley 7/1985
TÍTULO VI. Bienes, actividades y servicios, y contratación · CAPÍTULO I. Bienes
Las entidades locales gozan, respecto de sus bienes, de las siguientes prerrogativas:
a) La de recuperar por sí mismas su posesión en cualquier momento cuando se trate de los de dominio público, y en el plazo de un año, los patrimoniales.
b) La de deslinde, que se ajustará a lo dispuesto en la legislación del Patrimonio del Estado y, en su caso, en la legislación de los montes.
Oposiciones y temas con este artículo
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: Tema 10
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado: I · Tema 9
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: I · Tema 11
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 7
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 03/10/2026.