Artículo 298 · Ley 9/2017. Arrendamiento
TÍTULO II. De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas · CAPÍTULO IV. Del contrato de suministro
En el contrato de arrendamiento, el arrendador o empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. Las cantidades que, en su caso, deba satisfacer la Administración en concepto de canon de mantenimiento se fijarán separadamente de las constitutivas del precio del arriendo.
Oposiciones y temas con este artículo
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: III · Tema 5
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: IV · Tema 6
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 30/07/2026.