TestLey

Artículo 45 · Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LO 2/1986)

TÍTULO IV. De la colaboración y coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas · CAPÍTULO I. De la colaboración entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas

Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas deberán prestarse mutuo auxilio e información recíproca en el ejercicio de sus funciones respectivas.

Hacer el test de Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LO 2/1986)

Oposiciones y temas con este artículo

La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.

Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 29/07/2015.