Artículo 78 · Ley Orgánica 3/2018. Prescripción de las sanciones
TÍTULO IX. Régimen sancionador
1. Las sanciones impuestas en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 y de esta ley orgánica prescriben en los siguientes plazos:
a) Las sanciones por importe igual o inferior a 40.000 euros, prescriben en el plazo de un año.
b) Las sanciones por importe comprendido entre 40.001 y 300.000 euros prescriben a los dos años.
c) Las sanciones por un importe superior a 300.000 euros prescriben a los tres años.
2. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla.
3. La prescripción se interrumpirá por la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si el mismo está paralizado durante más de seis meses por causa no imputable al infractor.
Test del artículo 78
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Oposiciones y temas con este artículo
- Guardia Civil, Escala de Cabos y Guardias: Tema 11
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 26
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: II · Tema 4
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado: I · Tema 12
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: III · Tema 8
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 20
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 27/12/2025.