Artículo 14 · Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería. Derecho a la Seguridad Social y a los servicios sociales
TÍTULO I. Derechos y libertades de los extranjeros · CAPÍTULO I. Derechos y libertades de los extranjeros
1. Los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a las prestaciones y servicios de la Seguridad Social en las mismas condiciones que los españoles.
2. Los extranjeros residentes tienen derecho a los servicios y a las prestaciones sociales, tanto a las generales y básicas como a las específicas, en las mismas condiciones que los españoles. En cualquier caso, los extranjeros con discapacidad, menores de dieciocho años, que tengan su domicilio habitual en España, tendrán derecho a recibir el tratamiento, servicios y cuidados especiales que exija su estado físico o psíquico.
3. Los extranjeros, cualquiera que sea su situación administrativa, tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales básicas.
Test del artículo 14
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Oposiciones y temas con este artículo
- Guardia Civil, Escala de Cabos y Guardias: Tema 12
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 10
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: III · Tema 6
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 15
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 19/03/2025.