Artículo 42 · Ley Orgánica 7/2021 de datos penales. Funciones del delegado de protección de datos
· CAPÍTULO IV. Responsable y encargado de tratamiento
El responsable del tratamiento encomendará al delegado de protección de datos, al menos, las siguientes funciones:
a) Informar y asesorar al responsable del tratamiento y a los empleados que se ocupen del mismo, acerca de las obligaciones que les incumben en virtud de esta Ley Orgánica y de otras disposiciones de protección de datos aplicables.
b) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley Orgánica y en otras disposiciones de protección de datos aplicables, así como de lo establecido en las políticas del responsable del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluidas la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participe en las operaciones de tratamiento y las auditorías correspondientes.
c) Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su realización.
d) Cooperar con la autoridad de protección de datos en los términos de la legislación vigente.
e) Actuar como punto de contacto de la autoridad de protección de datos para las cuestiones relacionadas con el tratamiento, incluida la consulta previa referida en el artículo 36, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
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Oposiciones y temas con este artículo
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 26
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 20
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 29/07/2022.