Artículo 62 · Ley Orgánica 7/2021 de datos penales. Sanciones
· CAPÍTULO VIII. Régimen sancionador
Por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ley Orgánica se impondrán las siguientes sanciones:
1. En caso de que el sujeto responsable sea algunos de los enumerados en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, se impondrán las sanciones y se adoptarán las medidas establecidas en dicho artículo.
2. En caso de que el sujeto infractor sea distinto de los señalados en el artículo 77.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, podrá ser sancionado, con multa de la siguiente cuantía:
a) Las infracciones muy graves, con multa de 360.001 a 1.000.000 euros.
b) Las infracciones graves, con multa de 60.001 a 360.000 euros.
c) Las leves, con multa de 6.000 a 60.000 euros.
A efectos de la determinación de la cuantía de la sanción, se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el artículo 83.2 del Reglamento General de Protección de Datos y en el artículo 76.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Test del artículo 62
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Oposiciones y temas con este artículo
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 26
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 20
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 29/07/2022.