Artículo 70 · LO 9/2015 de Personal de la Policía Nacional. Reingreso al servicio activo desde la situación de segunda actividad
TÍTULO X. Situaciones administrativas · CAPÍTULO IV. Segunda actividad
Los Policías Nacionales que hubieren pasado a la situación de segunda actividad por insuficiencia de las aptitudes psicofísicas, podrán reingresar al servicio activo, a petición propia o a instancias de la administración, siempre que un tribunal médico aprecie que los solicitantes reúnen las aptitudes psicofísicas necesarias para la prestación de las funciones encomendadas.
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Oposiciones y temas con este artículo
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 8
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 12
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 12/11/2024.