Artículo 80 · Ley Orgánica 6/2006. Funciones y relaciones con el Tribunal de Cuentas
TÍTULO II. De las instituciones · CAPÍTULO V. Otras instituciones de la Generalitat
1. La Sindicatura de Cuentas es el órgano fiscalizador externo de las cuentas, de la gestión económica y del control de eficiencia de la Generalitat, de los entes locales y del resto del sector público de Cataluña.
2. La Sindicatura de Cuentas depende orgánicamente del Parlamento, ejerce sus funciones por delegación del mismo y con plena autonomía organizativa, funcional y presupuestaria, de acuerdo con las leyes.
3. La Sindicatura de Cuentas y el Tribunal de Cuentas deben establecer sus relaciones de cooperación mediante convenio. En este convenio deben establecerse los mecanismos de participación en los procedimientos jurisdiccionales sobre responsabilidad contable.
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 28/12/2022.