TestLey

Artículo 56 · Ley 23/2014 de reconocimiento mutuo penal (UE). Decisión de entrega suspendida

TÍTULO II. Orden europea de detención y entrega · CAPÍTULO III. Ejecución de una orden europea de detención y entrega

Cuando la persona reclamada tenga algún proceso penal pendiente ante la jurisdicción española por un hecho distinto del que motive la orden europea de detención y entrega, la autoridad judicial española, aunque haya resuelto dar cumplimiento a la orden, podrá suspender la entrega hasta la celebración de juicio o hasta el cumplimiento de la pena impuesta. En este caso la autoridad judicial española acordará, si así lo solicitara la autoridad judicial de emisión, la entrega temporal de la persona reclamada en las condiciones que formalice por escrito con dicha autoridad judicial y que tendrán carácter vinculante para todas las autoridades del Estado miembro emisor.

Hacer el test de Ley 23/2014 de reconocimiento mutuo penal (UE)

Oposiciones y temas con este artículo

La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.

Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 03/01/2025.