Artículo 150 · Ley 40/2015. Secretaría de las Conferencias Sectoriales
TÍTULO III. Relaciones interadministrativas · CAPÍTULO III. Relaciones de cooperación
1. Cada Conferencia Sectorial tendrá un secretario que será designado por el Presidente de la Conferencia Sectorial.
2. Corresponde al secretario de la Conferencia Sectorial, al menos, las siguientes funciones:
a) Preparar las reuniones y asistir a ellas con voz pero sin voto.
b) Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Conferencia Sectorial por orden del Presidente.
c) Recibir los actos de comunicación de los miembros de la Conferencia Sectorial y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.
d) Redactar y autorizar las actas de las sesiones.
e) Expedir certificaciones de las consultas, recomendaciones y acuerdos aprobados y custodiar la documentación generada con motivo de la celebración de sus reuniones.
f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de secretario.
Test del artículo 150
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Oposiciones y temas con este artículo
- Guardia Civil, Escala de Cabos y Guardias: Tema 10
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 5
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (norma incluida en su preparación; artículo sin tema asignado)
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (norma incluida en su preparación; artículo sin tema asignado)
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado (norma incluida en su preparación; artículo sin tema asignado)
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 10
La asignación de artículos a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 29/07/2026.