Test de Ley 40/2015 con solución
Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Responde y verás al momento la cita literal del artículo.
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Oposiciones con Ley 40/2015 en el temario
- Guardia Civil, Escala de Cabos y Guardias: Tema 10
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 5
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: I · Tema 8, II · Tema 3, III · Tema 3, III · Tema 6
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado: I · Tema 8, I · Tema 11, II · Tema 4
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: I · Tema 8, I · Tema 9, III · Tema 1, IV · Tema 10, IV · Tema 11
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 10, Tema 11
La asignación de leyes a cada tema la hace TestLey a partir del título oficial del tema: es orientativa.
Artículos · Ley 40/2015
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público
- Art. 1. Objeto
- Art. 2. Ámbito Subjetivo
- Art. 3. Principios generales
- Art. 4. Principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad
- Art. 5. Órganos administrativos
- Art. 6. Instrucciones y órdenes de servicio
- Art. 7. Órganos consultivos
- Art. 8. Competencia
- Art. 9. Delegación de competencias
- Art. 10. Avocación
- Art. 11. Encomiendas de gestión
- Art. 12. Delegación de firma
- Art. 13. Suplencia
- Art. 14. Decisiones sobre competencia
- Art. 15. Régimen
- Art. 16. Secretario
- Art. 17. Convocatorias y sesiones
- Art. 18. Actas
- Art. 19. Régimen de los órganos colegiados de la Administración General del Estado y de las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de ella
- Art. 20. Requisitos para constituir órganos colegiados
- Art. 21. Clasificación y composición de los órganos colegiados
- Art. 22. Creación, modificación y supresión de órganos colegiados
- Art. 23. Abstención
- Art. 24. Recusación
- Art. 25. Principio de legalidad
- Art. 26. Irretroactividad
- Art. 27. Principio de tipicidad
- Art. 28. Responsabilidad
- Art. 29. Principio de proporcionalidad
- Art. 30. Prescripción
- Art. 31. Concurrencia de sanciones
- Art. 32. Principios de la responsabilidad
- Art. 33. Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas
- Art. 34. Indemnización
- Art. 35. Responsabilidad de Derecho Privado
- Art. 36. Exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
- Art. 37. Responsabilidad penal
- Art. 38. La sede electrónica
- Art. 39. Portal de internet
- Art. 40. Sistemas de identificación de las Administraciones Públicas
- Art. 41. Actuación administrativa automatizada
- Art. 42. Sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada
- Art. 43. Firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas
- Art. 44. Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación
- Art. 45. Aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónica
- Art. 46. Archivo electrónico de documentos
- Art. 46bis. Ubicación de los sistemas de información y comunicaciones para el registro de datos
- Art. 47. Definición y tipos de convenios
- Art. 48. Requisitos de validez y eficacia de los convenios
- Art. 49. Contenido de los convenios
- Art. 50. Trámites preceptivos para la suscripción de convenios y sus efectos
- Art. 51. Extinción de los convenios
- Art. 52. Efectos de la resolución de los convenios
- Art. 53. Remisión de convenios al Tribunal de Cuentas
TÍTULO I. Administración General del Estado
- Art. 54. Principios y competencias de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado
- Art. 55. Estructura de la Administración General del Estado
- Art. 55bis. Presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado
- Art. 56. Elementos organizativos básicos
- Art. 57. Los Ministerios
- Art. 58. Organización interna de los Ministerios
- Art. 59. Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas
- Art. 60. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales
- Art. 61. Los Ministros
- Art. 62. Los Secretarios de Estado
- Art. 63. Los Subsecretarios
- Art. 64. Los Secretarios generales
- Art. 65. Los Secretarios generales técnicos
- Art. 66. Los Directores generales
- Art. 67. Los Subdirectores generales
- Art. 68. Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios
- Art. 69. Las Delegaciones y las Subdelegaciones del Gobierno
- Art. 70. Los Directores Insulares de la Administración General del Estado
- Art. 71. Los servicios territoriales
- Art. 72. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas
- Art. 73. Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas
- Art. 74. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias
- Art. 75. Competencias de los Subdelegados del Gobierno en las provincias
- Art. 76. Estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
- Art. 77. Asistencia jurídica y control económico financiero de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
- Art. 78. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado
- Art. 79. Los órganos colegiados de asistencia al Delegado y al Subdelegado del Gobierno
- Art. 80. El Servicio Exterior del Estado
TÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucional
- Art. 81. Principios generales de actuación
- Art. 82. El Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local
- Art. 83. Inscripción en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local
- Art. 84. Composición y clasificación del sector público institucional estatal
- Art. 84bis. Presencia equilibrada entre mujeres y hombres en las entidades del sector público institucional estatal
- Art. 85. Control de eficacia y supervisión continua
- Art. 86. Medio propio y servicio técnico
- Art. 87. Transformaciones de las entidades integrantes del sector público institucional estatal
- Art. 88. Definición y actividades propias
- Art. 89. Personalidad jurídica y potestades
- Art. 90. Estructura organizativa en el sector público estatal
- Art. 91. Creación de organismos públicos estatales
- Art. 92. Contenido y efectos del plan de actuación
- Art. 93. Contenido de los estatutos
- Art. 94. Fusión de organismos públicos estatales
- Art. 95. Gestión compartida de servicios comunes
- Art. 96. Disolución de organismos públicos estatales
- Art. 97. Liquidación y extinción de organismos públicos estatales
- Art. 98. Definición
- Art. 99. Régimen jurídico
- Art. 100. Régimen jurídico del personal y de contratación
- Art. 101. Régimen económico-financiero y patrimonial
- Art. 102. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero
- Art. 103. Definición
- Art. 104. Régimen jurídico
- Art. 105. Ejercicio de potestades administrativas
- Art. 106. Régimen jurídico del personal y de contratación
- Art. 107. Régimen económico-financiero y patrimonial
- Art. 108. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero
- Art. 108bis. Definición
- Art. 108ter. Régimen jurídico
- Art. 108quater. Régimen jurídico de personal
- Art. 108quinquies. Régimen económico financiero y contratación
- Art. 108sexies. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico financiero
- Art. 109. Definición
- Art. 110. Régimen jurídico
- Art. 111. Definición
- Art. 112. Principios rectores
- Art. 113. Régimen jurídico
- Art. 114. Creación y extinción
- Art. 115. Régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales designados por la Administración General del Estado
- Art. 116. Tutela
- Art. 117. Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y de personal
- Art. 118. Definición y actividades propias
- Art. 119. Régimen jurídico
- Art. 120. Régimen de adscripción
- Art. 121. Régimen de personal
- Art. 122. Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial
- Art. 123. Creación
- Art. 124. Contenido de los estatutos
- Art. 125. Causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de un consorcio
- Art. 126. Efectos del ejercicio del derecho de separación de un consorcio
- Art. 127. Disolución del consorcio
- Art. 128. Definición y actividades propias
- Art. 129. Régimen de adscripción de las fundaciones
- Art. 130. Régimen jurídico
- Art. 131. Régimen de contratación
- Art. 132. Régimen presupuestario, de contabilidad, de control económico-financiero y de personal
- Art. 133. Creación de fundaciones del sector público estatal
- Art. 134. Protectorado
- Art. 135. Estructura organizativa
- Art. 136. Fusión, disolución, liquidación y extinción
- Art. 137. Creación y extinción
- Art. 138. Régimen jurídico
- Art. 139. Régimen presupuestario, de contabilidad y de control económico-financiero
TÍTULO III. Relaciones interadministrativas
- Art. 140. Principios de las relaciones interadministrativas
- Art. 141. Deber de colaboración entre las Administraciones Públicas
- Art. 142. Técnicas de colaboración
- Art. 143. Cooperación entre Administraciones Públicas
- Art. 144. Técnicas de Cooperación
- Art. 145. Órganos de cooperación
- Art. 146. Conferencia de Presidentes
- Art. 147. Conferencias Sectoriales
- Art. 148. Funciones de las Conferencias Sectoriales
- Art. 149. Convocatoria de las reuniones de las Conferencias Sectoriales
- Art. 150. Secretaría de las Conferencias Sectoriales
- Art. 151. Clases de decisiones de la Conferencia Sectorial
- Art. 152. Comisiones Sectoriales y Grupos de trabajo
- Art. 153. Comisiones Bilaterales de Cooperación
- Art. 154. Comisiones Territoriales de Coordinación
- Art. 155. Transmisiones de datos entre Administraciones Públicas
- Art. 156. Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de Seguridad
- Art. 157. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración
- Art. 158. Transferencia de tecnología entre Administraciones
Texto consolidado de la ley: BOE-A-2015-10566.