Artículo 76 · Ley 40/2015. Estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
TÍTULO I. Administración General del Estado · CAPÍTULO III. Órganos territoriales
1. La estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno se fijará por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en razón de la dependencia orgánica de las Delegaciones del Gobierno, y contarán, en todo caso, con una Secretaría General, dependiente de los Delegados o, en su caso, de los Subdelegados del Gobierno, como órgano de gestión de los servicios comunes, y de la que dependerán los distintos servicios integrados en la misma, así como aquellos otros servicios y unidades que se determine en la relación de puestos de trabajo.
2. La integración de nuevos servicios territoriales o la desintegración de servicios territoriales ya integrados en las Delegaciones del Gobierno, se llevará a cabo mediante Real Decreto de Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en razón de la dependencia orgánica de las Delegaciones del Gobierno, y del Ministerio competente del área de actividad.
Oposiciones y temas con este artículo
- Guardia Civil, Escala de Cabos y Guardias: Tema 10
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 5
- Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: I · Tema 8
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado: I · Tema 8
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado: I · Tema 8
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 10, Tema 11
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 29/07/2026.