Artículo 135 · Reglamento General de Circulación. Aplicación
TÍTULO IV. Señalización · CAPÍTULO IV. Aplicación de las señales
Toda señal se aplicará a toda la anchura de la calzada que estén autorizados a utilizar los conductores a quienes se dirija esa señal. No obstante, su aplicación podrá limitarse a uno o más carriles, mediante marcas en la calzada.
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Oposiciones y temas con este artículo
- Policía Nacional, Escala Básica (categoría de Policía): Tema 43
- Policía Nacional, Escala Ejecutiva (categoría de Inspector): Tema 80
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 31/07/2026.