Artículo 76 · Ley 23/2014 de reconocimiento mutuo penal (UE). Reversión de la ejecución de la condena a España
TÍTULO III. Resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad · CAPÍTULO II. Transmisión de una resolución por la que se impone unapena o medida privativa de libertad
Podrá reanudarse la ejecución de la condena en España cuando la autoridad competente del Estado de ejecución informe al Juez de Vigilancia Penitenciaria de la no ejecución de la condena como consecuencia de la fuga del condenado.
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Fuente: BOE, texto consolidado. Última actualización recogida: 03/01/2025.